La Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la multa de más de $5,500,000 pesos, que se le impuso a la concesionaria por infringir el deber de información y trato digno hacia los consumidores.
La Secretaría de Defensa del Consumidor, ante el ingreso de múltiples denuncias realizadas por consumidores a la firma en un lapso de tiempo muy corto, en las cuales se evidenciaron conductas sistemáticas y repetitivas reprochables a la luz de la Ley 24,240 por parte de la firma Martin Aguilera Automotores, procedió a iniciar actuaciones de oficio, las que se llevaron a cabo durante el año 2023.
Se procedió a imputar y sancionar con multa a la firma por falta de información en lo que respecta a las condiciones de comercialización de motos y los procedimientos a seguir para obtener la baja del plan, sumado a que la firma decidió no participar en las audiencias de conciliación, las cuales fueron debidamente notificadas, y no responder a los requerimientos de información realizados por el Organismo de Defensa del Consumidor para dar una solución o respuesta a los consumidores, desplegando la firma una actitud de desinterés hacia los consumidores, colocándolos no solo en una posición de indefensión sino también, en muchos casos, ocasionándoles un perjuicio patrimonial.
Ante estas conductas desplegadas por la firma, la Secretaría de Defensa del Consumidor impuso una multa por infracción a los artículos 8 bis y 4 de la Ley 24,240 que hacen referencia al trato indigno y deber de información, por el valor de nueve (9) canastas básicas hogar tipo 3.
Dicha sanción fue apelada por la firma Martin Aguilera Automotores ante la Justicia Provincial, obteniendo el Organismo un fallo favorable de la Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, confirmando la sanción.